En respuesta al comentario realizado por un internauta de Calasparra, conocido como “ke fuerte por Dios” el día 11-3-2008 en la web de radio calasparra al respecto de los horarios de cierre de los establecimientos publicos, tales como cafeterías, bares, pub, discotecas y un largo etcétera, se le informa, para su conocimiento, que la norma sobre “HORARIO DE CIERRE PARA ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, ESPECTÁCULOS Y FIESTAS” es el establecido en la Circular 2/1994, de la Consejería de Presidencia de la Comunidad Autónoma de Murcia, tal y como a continuación se puede comprobar en el documento que está más abajo.
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