Hoy ha entrado en vigor la OBLIGATORIEDAD DE LLEVAR MASCARILLA en cualquier espacio aunque se pueda mantener la distancia de seguridad. Todos los ciudadanos deberán adoptar las medidas y los titulares de cualquier actividad:
- 1,5m de distancia de seguridad interpersonal.
- Obligatorio el uso de mascarilla.
- La mascarilla deberá cubrir boca y nariz.
- NO será obligatorio:
- Menores de 6 años.
- Personas con dificultad respiratoria.
- Personas con discapacidad o dependencia.
- Práctica de deporte al aire libre.
- Supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cuando, por la propia naturaleza, resulte incompatible.
- Consumo de bebidas y alimentos.
- Ni piscinas o playas, recomendable fuera del agua.
- Se recomienda el uso de pantallas faciales, cuando no se pueda usar mascarilla.
- Se prohíbe el uso compartido de cachimbas.
- En los actos de culto, en la vía pública, deberá garantizarse el respeto de la distancia de 1,5m.
2020-3621